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Política 97
La Cámara Argentina de Empresas de Servicios Inmobiliarios asegura que Mussi pone en riesgo el patrimonio municipal de Berazategui
Lunes 25 de julio de 2022 | 16:46

Berazategui aprobó en 2021 la ordenanza 6046 para prohibir “la habilitación municipal de oficinas y/o negocios inmobiliarios bajo la forma de representación de “franquicias” “Licencias” o “Marcas”. Ahora, estas firmas podrían iniciar acciones legales para que se repare el daño sufrido. La norma, en contradicción con la ley orgánica de las municipalidades y el Código Civil y Comercial de la Nación, pretende frenar la competencia dentro del sector inmobiliario. Ahora, en caso de persistir con la prohibición, quienes alientan estas prohibiciones “en responsabilidad civil patrimonial, al igual que los concejales en forma personal, porque los daños que ya están causando son mensurables económicamente y de muy fácil prueba en sede judicial”, advirtieron desde la Cámara Argentina de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI).

La municipalidad de Berazategui -al igual que más de veinte municipios- sancionó en 2021 la ordenanza que prohíbe la publicidad en la vía pública de franquicias inmobiliarias. Además determinó el municipio que comanda el intendente Juan José Mussi “la inmediata remoción de cualquier tipo de publicidad que pudiere existir dentro del partido” y el “decomiso de la publicidad en infracción y será pasible de multas que determine la Dirección de faltas”, como así también impide “el desarrollo de agentes, Co-working y/o Brokers inmobiliarios” y ordenó “revisar las habilitaciones que se hubieren otorgado y que se encuentran vigentes”.

Las iniciativas persecutorias se iniciaron con el Colegio de Corredores Inmobiliarios porteño (CUCICBA). En esa oportunidad denunciaron a RE/MAX por ejercer “una actividad ilícita”. La presentación fue hecha ante la Inspección General de Justicia (IGJ) que estableció, con la resolución N° 350, disolver RE/MAX Argentina SRL. Tras la apelación de RE/MAX, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ordenó -en mayo de este año- dejar sin efecto la resolución con imposición de costas al organismo. En su momento, a los colegiados porteños se sumaron el Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires y una veintena de colegios distritales bonaerenses. El común denominador de la estrategia fue argumentar ante los municipios con la resolución de la IGJ, con el objetivo de eliminar la competencia comercial.

En ese sentido, Mariano García Malbrán, presidente de CAMESI indica quela resolución de la IGJ fue rechazada por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, con expresa imposición de costas. Esto cambia absolutamente el panorama de las ordenanzas, que ya eran ilegales porque son contrarias a la Ley Orgánica de las Municipalidades al legislar sobre aspectos y cuestiones que van más allá de su competencia; pero ahora este fallo de la Cámara Nacional deja a los municipios y a los concejales en un riesgo legal de exposición patrimonial enorme. Y la realidad es que están causando un daño muy importante, no solamente a la industria inmobiliaria, sino también a la de la publicidad”

Malbrán asegura que los municipios van a ser responsables patrimonialmente por daños y perjuicios civiles. Estas acciones serán iniciadas por los corredores inmobiliarios que contrataron los servicios de las marcas y tuvieron un daño patrimonial enorme, derivado de una ordenanza ilegal. Asimismo, las asociaciones de publicistas se encuentran analizando el mismo camino. Además, los concejales podrán recibir cargos patrimoniales por su responsabilidad personal frente al Estado, porque se basaron en una resolución administrativa de un organismo del Poder Ejecutivo que aún no se encontraba firme para prohibir la actividad comercial de empresas que prestan un servicio absolutamente legal y que genera muchos puestos de trabajo e ingresos económicos de manera directa e indirecta”.

Además de Berazategui, los municipios, concejales e intendentes de Ayacucho, Azul, Almirante Brown, Berisso, Bolívar, Campana, Chacabuco, Chivilcoy, Escobar, Exaltación de la Cruz, General Madariaga, General Pueyrredón, Partido de La Costa, Magdalena, Monte Hermoso, Necochea, Pehuajó, Pinamar, Punta Indio, Salliqueló, Salto, San A. de Areco, San A. de Giles, San Cayetano, Tandil, Tordillo, Trenque Lauquen, Villa Gesell y Zárate, están reñidos con el orden jurídico al mantener vigentes las ordenanza prohibicionistas. Así las cosas, deberían vetarlas para evitar acciones judiciales millonarias que afectarán las finanzas de los municipios y el patrimonio de los concejales que la votaron.