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Sociedad 207
La Justicia obligó a AySA a suministrar agua potable a los vecinos de un barrio de Quilmes
Viernes 29 de enero de 2021 | 17:30

La Cámara Federal platense le obligó a Aguas y Saneamientos Argentinos dar suministro de agua a un barrio popular que inició acciones en su contra. A fines del año pasado los vecinos de ese barrio interpusieron una acción de amparo colectivo para que la compañía inicie las debidas obras para mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Así, la empresa que preside Malena Galmarini, deberá realizar las obras estructurales de extensión de la red de agua corriente y desagües cloacales en la totalidad de los domicilios de los vecinos del barrio "15 de diciembre", de Quilmes.

En un principio, el Juzgado Federal de Quilmes hizo parcialmente lugar a la medida cautelar que se solicitaba y ordenó que la demandada AySA S.A., en el plazo de 72 horas, otorgue el suministro de agua potable a la totalidad de los habitantes del barrio popular. A su vez, la empresa interpuso recurso de apelación, que fue concedido por la Cámara Federal de La Plata, donde señaló la incapacidad de suministrar agua potable por fuera de la red de distribución y realizar las acciones que pretendía la demandante.

En respuesta, la Cámara, conformada por los jueces de feria César Álvarez y Roberto Agustín Lemos, indicó que para que prospere la medida cautelar debían reunirse los requisitos fundamentales de: que se acredite sumariamente que la ejecución u omisión de la conducta material que motiva la medida ocasionará perjuicios graves de imposible reparación ulterior, y la verosimilitud del derecho invocado.

En ese sentido, los jueces indicaron que “el peligro en la demora se encuentra configurado, dada la potencialidad dañosa que podría representar para la preservación en la salud de las personas que habitan el barrio “15 de Diciembre”, la falta de agua potable como así también la utilización de “pozos ciegos” precarios no evacuados”.

En relación a la verosimilitud, los magistrados señalaron que “respecto a la existencia de un riesgo de daños de extrema gravedad o irreparable; lo cual determina atenuar el examen de la verosimilitud.”

Finalmente, por esta razón, la Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia que había instado a que la empresa distribuidora de agua realice las medidas de distribución y saneamiento pretendidas por los vecinos del barrio de Quilmes.