Las boletas de las mesas de electores argentinos en la Provincia de Buenos Aires tendrán 8 cuerpos:
1) Presidente/a y Vicepresidente/a
2) Parlamentarios/as del Mercosur por Distrito Nacional.
3) Senadores/as Nacionales.
4) Diputados/as Nacionales.
5) Parlamentario/a del Mercosur por Distrito Regional.
6) Gobernador/a y Vicegobernador/a.
7) Legisladores/as Provinciales (en el caso de Quilmes, Senadores Provinciales)
8) Intendente/a, Concejales/as y Consejeros/as Escolares.
* Las boletas de las mesas de electores extranjeros sólo tienen tres cuerpos: Gobernador/a y Vicegobernador/a, Legisladores/as provinciales y el
correspondiente a Intendente/a, Concejales/as y Consejeros/as Escolares
El corte de boleta se refiere a la acción de votar por candidatos de distintos partidos políticos en una misma elección. Tanto en las PASO como en las Generales, los votantes tienen la posibilidad de elegir candidatos tanto para las categorías nacionales (presidente y vicepresidente), provinciales (gobernador y legisladores) y locales (intendente). En lugar de adherirse a una única lista de un partido político, los ciudadanos pueden combinar candidatos de distintas agrupaciones para conformar su voto.
El corte de boleta se ha convertido en una herramienta clave para los votantes, permitiéndoles seleccionar candidatos de diferentes partidos siempre y cuando se respeten las categorías que se eligen en cada distrito. A continuación, te presentamos una guía sobre cómo realizar el corte de boleta de manera correcta en las próximas elecciones.
A la hora de cortar boleta, es muy importante para que el voto sea válido meter en el sobre la boleta de una sola lista por categoría (un candidato a Presidente, un candidato a Gobernador del partido, un candidato a Intendente, etc, del partido que quieras) o el voto será impugnado. Por ejemplo, se podrá votar una fórmula presidencial del Partido A y gobernadores o legisladores del Partido B y así con las demás categorías. También es fundamental que el corte de boleta se haga con prolijidad por la línea punteada, ya sea manualmente o con tijera, en forma vertical.
Una forma para agilizar el sufragio es llevar la boleta preparada, ya sea completa o cortada. Procurá tenerla oculta hasta el momento de ingresar al cuarto oscuro (para evitar el famoso voto cantado) y una vez dentro colocala dentro del sobre que te brindarán las autoridades de mesa.
No. Podés optar por la boleta completa de una agrupación política o hacer combinaciones con listas o agrupaciones diferentes, siempre que sean en categorías diferentes.
La boleta tiene tantas secciones como categorías en disputa, que se
encuentran separadas entre sí por medio de líneas negras que posibilitan
que el papel se doble y pueda ser cortado.
Si elegís dos o más listas diferentes para una misma categoría tu voto se anula.
Sí, y se considerará voto en blanco para las categorías restantes.
Si no encontrás las boletas de tu preferencia en el cuarto oscuro, tenés que avisar a la autoridad de mesa sin revelar cuál es tu elección, quien debe solicitar a los fiscales partidarios su reposición. Es responsabilidad de las agrupaciones políticas garantizar la disponibilidad de boletas en el cuarto oscuro.
Igualmente, las autoridades de mesa disponen de boletas de contingencia para reponer en caso de ser necesario. La falta de boletas en el cuarto oscuro no impide la continuidad de la elección.
Cuando surgen dudas sobre la identidad de la persona que se acerca a votar, la autoridad de mesa por sí misma o a pedido de una o un fiscal partidario puede interrogar sobre los datos asentados en el DNI.
Si se considera que la persona está falseando su identidad se procederá a “impugnar su voto”. Ello no impide que vote, sino que lo debe hacer mediante un procedimiento especial, por el cual se le dará dos sobres: el sobre para depositar la elección de su preferencia y otro denominado “sobre de identidad impugnada”. El “sobre de identidad impugnada” contiene un acta con los motivos de la impugnación, debiendo depositar dentro suyo el sobre con el voto.
Este voto no es escrutado en la mesa. Su validez queda sujeta a la decisión de la Justicia Nacional Electoral en el momento del escrutinio definitivo.
También se impugnará el voto en el caso de aquellas personas que figuren en el padrón con la leyenda “ausente por desaparición forzada”.
Existe un orden para ubicar las boletas en el cuarto oscuro y está determinado por el Código Electoral Nacional. Deben disponerse por número, de menor a mayor, y de izquierda a derecha.
Los votos se clasifican en válidos y nulos.
También es un voto anulado cuando aparecen en el sobre dos o más boletas de distintas agrupaciones para una misma categoría o se introducen en la boleta objetos extraños.
Cuando algún fiscal presente en el escrutinio de la mesa cuestiona la validez o nulidad del voto y no se puede resolver estamos ante la presencia de un “voto recurrido”. Quien recurre debe justificarlo por escrito, lo que queda asentado en un volante especial que se adjunta a la boleta y al sobre respectivo, que cuenta con los datos del fiscal en cuestión.
Los votos recurridos no se escrutan en la mesa, pasan directamente al escrutinio definitivo que realiza la Junta Electoral donde se decide cómo se cuentan .
La constancia de emisión del voto se te entrega junto al DNI luego de firmar el padrón.