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¿Conocés tus derechos como consumidor? Descubrí lo que nadie te cuenta
Sábado 26 de octubre de 2024 | 08:55
La Ley Nacional de Defensa del Consumidor protege a los consumidores de abusos comunes en comercios, como cláusulas arbitrarias, precios que no se respetan, productos defectuosos o servicios no solicitados. Este artículo explica 11 derechos clave que, aunque a menudo se desconocen, están amparados por la ley y respaldados por garantías tanto a nivel nacional como provincial. Conocer estas normas permite reclamar frente a situaciones injustas y ejercer el derecho a un trato justo y seguro.
Por: Ezequiel Gomara
¿Conocés tus derechos como consumidor? Descubrí lo que nadie te cuenta

En el día a día, muchas veces como consumidores nos encontramos con condiciones abusivas o situaciones incómodas y solemos pensar que no hay mucho por hacer. Sin embargo, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor (Ley 24.240 y sus modificatorias) protege a los consumidores de este tipo de abusos. Además, el artículo 43 de la Constitución Nacional garantiza derechos esenciales, y en la Provincia de Buenos Aires, hay normas que refuerzan estas garantías. 

Acá te dejo un repaso de algunas situaciones que seguro viviste, pero tal vez no sabías cómo manejarlas. Spoiler: ¡la ley está de tu lado!

1. Las cláusulas ABUSIVAS o ARBITRARIAS no son válidas.

Es muy común ver carteles en locales que dicen cosas como “la ropa no tiene cambio”, o que los cambios sólo se hacen en días específicos. Este tipo de condiciones predispuestas, sobre todo cuando perjudican al consumidor, son nulas. La Ley 24.240 prohíbe cualquier cláusula que implique una renuncia de derechos por parte del consumidor. Si compraste un producto que tiene defectos, podés exigir el cambio sin importar las políticas arbitrarias de la tienda.

2. La oferta es vinculante (OBLIGATORIA PARA EL QUE LA EMITE).

¿Alguna vez viste un precio en una góndola y, al llegar a la caja, te dicen que hubo un error y que el precio es otro? La ley es clara: el comerciante tiene la obligación de respetar el precio exhibido. La oferta es vinculante, lo que significa que si hay un cartel que dice que un producto tiene cierto valor, deben respetarlo, sin excusas.

3. La ropa en promoción también se cambia.

Otro mito que muchas tiendas utilizan es que “la ropa en oferta no tiene cambio”. Falso. La ley establece que las condiciones de cambio deben ser las mismas para todos los productos, salvo que el defecto haya sido informado antes de la compra como cuando se compran saldos o remates, pero OJO, te tienen que avisar que es ropa defectuosa.

4. Publicidades engañosas.

Otra práctica común es hacer una gran promoción y, cuando llegás al local, el producto no está disponible o te dicen que subió de precio. Esto se conoce como "publicidad engañosa" y está prohibido. El comerciante debe cumplir con lo que anuncia y podés obligarlo.

5. Responsabilidad en caso de robos o accidentes.

¿Te caíste en un local o te robaron dentro de un comercio y te dijeron que no se hacen responsables? Esto es ilegal. La Ley de Defensa del Consumidor establece que los comerciantes deben garantizar la seguridad de los clientes dentro de su establecimiento. Si sufrís un accidente o te roban dentro del local, pueden ser responsables y debés reclamar. Esto también aplica para el transporte público: colectivos, taxis, etc.

6. Servicios no solicitados.

A todos nos ha pasado: de repente, aparece en tu factura un servicio que nunca pediste. ¡Reclamo urgente! La Ley de Defensa del Consumidor establece que no pueden cobrarte por un servicio que no solicitaste. Si esto pasa, estás en tu derecho de exigir el reembolso inmediato y, a veces, una compensación por daño moral.

7. Dar de baja un servicio.

Este es uno de los mayores dolores de cabeza para cualquier consumidor. Si contrataste un servicio por teléfono, también podés darlo de baja por ese mismo medio. Las empresas no pueden obligarte a que lo hagas de otra manera, ni exigirte trámites imposibles.

En definitiva, podés dar la baja de tu servicio por el mismo medio por el cual lo contrataste (teléfono, local, internet, mail, etc.).

ATENCIÓN: NO TE PUEDEN PEDIR NINGÚN TIPO DE REQUISITO PARA TOMARTE LA BAJA, en especial si se trata de tarjetas de crédito es común que te digan que "tenés que estar al día para poder dar de baja", MENTIRA!

8. “No nos hacemos responsables por pérdidas”.

Muchas veces, en los colectivos, cines, gimnasios, o incluso comercios, ves carteles que dicen: “No nos hacemos responsables por pérdidas, robos o hurtos”. Bueno, ese cartel no tiene valor legal. La responsabilidad es del prestador del servicio, que debe garantizar la seguridad de sus usuarios o clientes. Si sufrís un daño, podés exigir reparación.

9. Productos fallados o en mal estado.

Si compraste un electrodoméstico, un mueble o cualquier bien y al poco tiempo se rompe o presenta fallas, el fabricante debe responder. La ley otorga una garantía legal mínima de seis meses en bienes nuevos y de tres meses en bienes usados. Si el problema aparece durante ese plazo, podés exigir la reparación, el cambio o la devolución del dinero A ELECCIÓN TUYA.

No son legales las cláusulas que acortan el plazo de garantía o lo eliminan. No existe eso de "la política de la empresa".

10. Pérdida o robo en estacionamientos.

Si estacionaste tu vehículo en un garage o estacionamiento y te lo roban o lo dañan, el establecimiento es responsable, aunque te hayan advertido lo contrario con carteles de “no nos hacemos cargo de robos o daños”. El prestador del servicio tiene que garantizar la seguridad de los bienes que custodia.

11. Devolución de compras online.

Si compraste algo por internet y, cuando te llega, no era lo que esperabas o simplemente te arrepentiste, tenés 10 días desde la entrega para devolver el producto, sin costo alguno. Es lo que se llama “derecho de arrepentimiento”, y es un derecho que no pueden negarte.

¿Qué hacer si tus derechos no son respetados?

En la Ciudad de Buenos Aires, existe un fuero específico de defensa del consumidor, donde podés iniciar acciones judiciales en forma gratuita si sentís que tus derechos fueron vulnerados. Esto incluye desde reclamos simples hasta situaciones más complejas de abuso comercial.

En la Provincia de Buenos Aires y en otras jurisdicciones del país, si bien no existe un fuero específico, contás con el beneficio de gratuidad que establece el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor. Esto significa que podés iniciar reclamos sin necesidad de pagar costas judiciales. El acceso a la justicia en estos casos es un derecho fundamental garantizado por la Constitución Nacional y las diferentes constituciones provinciales.

Conocer tus derechos como consumidor es el primer paso para hacerlos valer. La Ley 24.240 está pensada para equilibrar la balanza entre consumidores y empresas, y protegerte de cualquier tipo de abuso. Así que, la próxima vez que te encuentres en una de estas situaciones, no dudes en reclamar. 

Por Dr. Ezequiel Gómara /
@drezequielgomara / ezequielgomara
@gmail.com 

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