El fallo del Tribunal Oral N° 1 de Quilmes consideró que no hubo intención de matar a la víctima, por lo que lo condenó por "lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género". Como parte de la pena, deberá realizar un curso de Masculinidades y mantener distancia de la víctima. La sentencia generó controversia, ya que en la etapa de alegatos la fiscal había solicitado una condena por "femicidio en grado de tentativa".
Los hechos
El caso, ocurrido en noviembre de 2021 en Ezpeleta, se desencadenó cuando el hombre exigió a su pareja el vuelto de un dinero destinado a la compra de bebidas alcohólicas. Según precisó el medio DataJudicial, el acusado la golpeó en el rostro, provocándole una herida sangrante en la boca. Ante esto, la víctima intentó pedir ayuda y se dirigió hacia una ventana que daba a un balcón, momento en el cual el agresor la sujetó de sus prendas para intentar retenerla dentro de la vivienda.
Sin embargo, en medio de la lucha, el hombre la soltó de manera repentina, ocasionando que cayera por el balcón y quedara atrapada en la reja de una vivienda lindera. La mujer sufrió graves heridas al ser atravesada por un hierro en el abdomen y una pierna. Según testigos citados en el juicio, el agresor no auxilió a la víctima y huyó del lugar.
El fallo y la controversia
El tribunal integrado por los jueces Cecilia Maffei, Rodrigo Bagini y Pablo Pereyra determinó que no se pudo probar que el acusado tuviera la intención de matar a la mujer. La fiscal había solicitado que fuera condenado por intento de femicidio, mientras que la defensa argumentó que se trataba de "lesiones leves". Finalmente, la justicia falló a favor de esta última postura, estableciendo una condena de dos años de prisión en suspenso.
Además, el hombre deberá asistir a un curso de Masculinidades y abstenerse de cometer nuevos delitos, bajo advertencia de revocación de la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento.